Baños y duchas
Sanitarios, orinales, lavamanos y duchas de viviendas, oficinas, colegios y locales.

Vertimientos de aguas residuales domésticas (ARD) en Pereira y el Eje Cafetero: le explicamos qué norma aplica según a dónde va el agua de baños, cocinas y aseo, cuándo necesita permiso de vertimientos y qué sistema de tratamiento suele resolverlo.
Es la que sale de las actividades humanas básicas, aunque se genere en una empresa, un colegio, una oficina o un comercio.
Sanitarios, orinales, lavamanos y duchas de viviendas, oficinas, colegios y locales.
Lavaplatos y preparación de alimentos para el consumo de quienes viven o trabajan en el predio.
Lavado de pisos, paredes y ropa de uso doméstico.
¿Tiene también procesos? El agua del lavado de vehículos, de un laboratorio o de un proceso productivo es no doméstica (ARnD) y tiene otros límites. Muchos establecimientos generan las dos: vea el perfil de su actividad en Sectores.
El mismo baño puede tener obligaciones distintas si descarga al alcantarillado, a una quebrada o al suelo.
No se tramita permiso de vertimientos ante la autoridad ambiental (artículo 13 de la Ley 1955 de 2019). La empresa de acueducto y alcantarillado, como Aguas y Aguas de Pereira, fija las condiciones de conexión y puede pedir caracterizaciones; las aguas no domésticas que también descargue deben cumplir la Resolución 0631 de 2015.
Necesita permiso de vertimientos ante la corporación autónoma regional. Los límites para las aguas residuales domésticas que llegan a cuerpos de agua superficiales están en el artículo 8 de la Resolución 0631 de 2015.
Campos de infiltración y pozos de absorción también necesitan permiso, con la información que agregó el Decreto 050 de 2018, como las pruebas de infiltración. Los parámetros del agua tratada están en la Resolución 0699 de 2021.
Cuando sus aguas domésticas, tratadas o no, llegan a una fuente de agua o al suelo. Estos son los casos que más vemos en el Eje Cafetero:
Viviendas rurales. Algunas viviendas rurales dispersas con soluciones individuales de saneamiento pueden estar exentas del permiso, aunque tengan otras obligaciones ante la autoridad ambiental. Lo verificamos con usted antes de empezar el trámite del permiso de vertimientos.
El sistema se escoge con el número de usuarios, el caudal, el espacio disponible y el destino del agua tratada.
Retiene las grasas de la cocina antes de que taponen la red o colmaten el sistema siguiente.
Sedimenta y digiere los sólidos en viviendas, fincas y pequeños establecimientos sin alcantarillado.
Complementa al tanque séptico para remover más materia orgánica antes de la descarga.
Dispone el agua tratada en el suelo, dimensionado con la prueba de percolación del terreno.
Para conjuntos, hoteles y condominios con caudales mayores o una exigencia de calidad más alta.
El artículo 8 fija los límites de las aguas residuales domésticas que se vierten a cuerpos de agua superficiales.
Parámetros y límites para las aguas residuales domésticas tratadas que se disponen en el suelo.
Quién lo requiere, qué lleva la solicitud, el trámite, la vigencia y la renovación.
Información adicional para los vertimientos al suelo, como las pruebas de infiltración.
Solo requiere permiso la descarga a aguas superficiales, marinas o al suelo; no la que va al alcantarillado.
No ante la autoridad ambiental. Debe cumplir las condiciones de la empresa de acueducto y alcantarillado, como Aguas y Aguas de Pereira, que puede pedir, por ejemplo, la trampa de grasas de la cocina o una caracterización.
Normalmente trampa de grasas, tanque séptico, filtro anaerobio y campo de infiltración, dimensionados con el número de personas y la prueba de percolación. Vea el diseño de pozos sépticos.
Los que fija la norma del destino. En general incluyen pH, DBO₅, DQO, sólidos suspendidos totales, sólidos sedimentables y grasas y aceites, entre otros; la lista exacta la definimos con la norma que le aplica antes del muestreo.
Con la frecuencia que fije la autoridad ambiental en el permiso o la que pida el prestador del alcantarillado. Si no tiene esa obligación, una caracterización sirve para saber si su sistema está funcionando.

Si vierte a una quebrada o al suelo, tramitamos el permiso ante la CARDER, la CRQ o Corpocaldas.
Checklist de requisitos del permiso
La caracterización de vertimientos que pide la autoridad o el prestador.
Checklist y calculadora de alícuotasDiseños hidráulicos y sanitariosTrampa de grasas, tanque séptico, FAFA y campo de infiltración para su predio.
Diseños hidráulicos y sanitariosPlantas de tratamiento para conjuntos, hoteles y condominios.

El plan de gestión del riesgo que acompaña la solicitud del permiso.

Limpieza de trampas, sépticos y PTAR para que el sistema siga cumpliendo.
Semáforo de su sistemaAtendemos Pereira, Dosquebradas, Santa Rosa de Cabal, Armenia y Manizales, y el resto del Eje Cafetero, con visitas en sitio cuando el trabajo lo requiere.
Si el vertimiento va a una fuente de agua o al suelo, el trámite es ante la corporación autónoma regional: la CARDER en Risaralda (Pereira, Dosquebradas, Santa Rosa de Cabal), la CRQ en Quindío (Armenia) y Corpocaldas en Caldas (Manizales).
Si descarga al alcantarillado, los requisitos los fija la empresa de acueducto y alcantarillado del municipio, como Aguas y Aguas de Pereira, Empresas Públicas de Armenia o Aguas de Manizales.
Escríbanos por WhatsApp o por correo, o llene el formulario de cotización para contarnos su proyecto en detalle. Si ya hizo alguno de nuestros diagnósticos en línea, envíenos también el resultado.